Bicentenario Basílica San José de Flores 1806-2006
Año de San José - Año del Jubileo Parroquial 1806-2006 (Argentina)
Explicación de las indulgencias:
Explicación de las indulgencias:
La Penitenciaría Apostólica, por mandato particular del Sumo Pontífice, concede gustosamente la Indulgencia plenaria, cumplidas las acostumbradas condiciones (la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice), conforme al rito, con el ánimo enteramente alejado de toda inclinación hacia cualquier modo de pecado; la cual debe ser ganada por los fieles cristianos en dicha Basílica siempre que asistan al oficio sagrado o piadoso ejercicio en honor de San José, con fervor religioso; o bien, por lo menos hayan rezado la Oración Dominical y el Símbolo de la Fe devotamente, con el añadido de alguna piadosa invocación a San José:
a. en los días 4 de Junio 2005 y 31 de Mayo 2006, en los cuales se abren y se clausuran solemnemente las celebraciones jubilares;
b. en la fiesta de la Sagrada Familia de Jesús, María y José (30 de Diciembre 2005); en la solemnidad de San José, Esposo de la Bienaventurada Virgen María (19 de Marzo 2006); y además durante el ejercicio devoto de la novena que precede dicha solemnidad; en la conmemoración litúrgica de San José Obrero (1 de Mayo 2006);
c. cualquier día del mes de Octubre 2005 y del mes de Marzo 2006;
d. cualquier Feria IV
e. siempre que hacia la Basílica San José, a causa de devoción hayan estado los fieles en peregrinaciones comunitarias.
Los ancianos, enfermos y cuantos por causa legítima se ven impedidos de salir de sus casas, pueden obtener la Indulgencia plenaria; con tal que asociándose espiritualmente a quienes visiten y peregrinen piadosamente al lugar, expresado su rechazo a todo pecado, según queda dicho, y con la intención de cumplir con tres acostumbradas tradiciones, tan pronto como fuera posible:
a. que en presencia de una piadosa imagen de San José, recen devotamente la Oración Dominical, el Símbolo de la Fe y alguna oración en honor de San José;
b. o al menos, si ni siquiera eso pueden cumplir, ofrezcan las dolencias y molestias personales al Dios Misericordioso humilde y confiadamente.
Además, los fieles podrán ganar la Indulgencia parcial, siempre que, con el corazón al menos contrito, sea con obras de misericordia, sea de penitencia, sea de evangelización propuestas por el Párroco y aprobadas por el Eminentísimo Cardenal Arzobispo; invocando piadosamente a San José.
Todo esto rige mientras dura el Jubileo.
Vaticano, 21 de enero de 2005.
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